VISTO el expediente nº 153/2018, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 2079/2018, quién eleva nota solicitando eximición del pago de las Tasas Municipales a favor de la Sra. Cristina Petta y el Sr. Silvio Nanni; y
CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 7 de mayo de 2019, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja sancionar en un 50% la eximición del pago de la tasa de Servicios Urbanos;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Exímase del pago, según el artículo 2° de la Ordenanza 158/2017, del 50% del pago de la tasa de Servicios Urbanos; a favor de la Sra. Cristina PETTA (D.N.I. N° 24.695.855) y el Sr. Silvio NANNI (D.N.I. N° 33.367.575) con domicilio en calle Alisal Nº 1945 de nuestra ciudad.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los siete días del mes de mayo del año dos mil diecinueve. –
DECRETO H.C.D. Nº 12/2019.-