VISTO los expedientes nº71/92 y Alc. 1; 67/92 y Alc.1; 73/92 y Alc. 1; 70/92 y Alc/ 1; 74/92 y Alc. 1, mediante los cuales varias Instituciones de Bien Público solicitan eximición de Tasas Municipales; y
CONSIDERANDO que en la Séptima Sesión Ordinaria del día 3 de agosto de 1992, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja aprobar dichas solicitudes de eximición;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Exímase del pago de las Tasas Municipales correspondientes al año 1992 a las siguientes Instituciones de Bien Público:
* Sociedad Italiana de Mutuo Socorro e Instrucción;
* CE.TI.DI.M.
* Club Atlético Argentino
* Liga de Fútbol de Saladillo
* Club Social
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los tres días del mes de agosto de mil novecientos noventa y dos.-
DECRETO H.C.D. Nº13/92.-