VISTO el expediente nº 26/98, iniciado por la Sociedad Protectora de Desvalidos de Saladillo que eleva nota solicitando eximición de las Tasas Municipales a dos inmuebles, con efecto retroactivo; y
CONSIDERANDO que en la Novena Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 10 de agosto de 1998, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja sancionar el Decreto respectivo;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Exímase del pago de las Tasas Municipales del ejercicio actual a la Sociedad Protectora de Desvalidos de Saladillo.-
ARTICULO 2º: Aconséjese al Departamento Ejecutivo acuerde con el solicitante la deuda de ejercicios anteriores ante la imposibilidad de este Cuerpo de otorgar eximiciones con efecto retroactivo.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a la Sociedad Protectora de Desvalidos, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diez días del mes de agosto de mil novecientos noventa y ocho.-
DECRETO H.C.D. Nº 16/98.-