VISTO el expediente nº 57/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 4335/2018, quién eleva nota solicitando eximición del pago de las Tasas Municipales a favor de la Sra. Graciela María CHAVES; y
CONSIDERANDO que en la Sexta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 4 de junio de 2019, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja otorgar en un 100% la eximición del pago de la tasa de Servicios Sanitarios;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTÍCULO 1º: Exímase del pago, según el artículo 2° de la Ordenanza N° 158/2017, del 100% de la Tasa de Servicios Sanitarios, a favor de la Sra. Graciela María CHAVES (DNI N° 11.689.109) con domicilio en calle Pasaje Carlos Davel – B° 272 viviendas (casa N°168) de nuestra ciudad. –
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese. –
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil diecinueve. –
DECRETO H.C.D. Nº 16/2019.-