VISTO el expediente Nº 200/88, relativo a una solicitud de eximición del pago de Tasas Municipales, efectuado por el Club Atlético Huracán; y

CONSIDERANDO que la misma se encuentra encuadrada en la Ordenanza Nº 670 y sin modificatoria y lo resuelto por la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja hacer lugar a lo requerido;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente

D E C R E T O

ARTICULO 1º: Exímese al Club Atlético Huracán del pago de las Tasas por Alumbrado, Barrido, Limpieza y Conservación de la vía pública, Obras Sanitarias y Red Vial.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a Primero de agosto de mil novecientos ochenta y ocho.-

DECRETO H.C.D. Nº 17/88.-

Buscar proyecto por concejal