VISTO el expediente nº 133/05, iniciado por el Bloque “El Frente”, que eleva proyecto de Decreto creando un Digesto en Internet sobre información vinculada a la actividad legislativa;

que, el acceso a la información pública es un derecho fundado en una de las características principales del gobierno republicano como lo es el de la publicidad de los actos de gobierno y transparencia de la administración;

que, la publicidad de los actos de gobierno constituye el mejor factor de control -o más bien de legitimación- del ejercicio del poder por parte de los representantes;

que, en muchos casos, la reproducción de las Ordenanzas y otras normativas de interés para los vecinos son realizados a través de soportes magnéticos y medios informáticos u otra tecnología que, por lo general, garantizan la identidad e inmutabilidad del texto;

que, resulta indudable que hoy en día son muchas las potencialidades que ofrecen las nuevas tecnologías de la información para cualquier gestión municipal;

que, la utilización de Internet es hoy en día una de las herramientas que más se utilizan y que, por otra parte, en muchos casos no sólo permitan mostrar un estado moderno en cuanto a sus utilidades, sino que además en muchos casos ha permitido el incremento de la participación comunitaria;

que, por ello, una de las posibilidades de favorecer este acceso a la información es a través de la publicación de las ordenanzas, decretos, resoluciones y comunicaciones que se originan en este Honorable Concejo Deliberante en una página Web que el Concejo Deliberante podría ofrecer a través de Internet;

que, en la actualidad, en la mayoría de los sitios municipales de América Latina los ciudadanos que tienen acceso a Internet pueden acceder en forma de consulta a distintas normativas que hacen al funcionamiento de una comunidad;

que, en este sentido, son muchos los Concejos Deliberantes de nuestro país que poseen un sitio propio en Internet a través del cual se pueden consultar distintos tipos de legislación municipal;

que, en muchos casos, los sitios oficiales no poseen una organización en función de los procesos de mejoramiento de la calidad de gestión sino que suelen ser planteados como formas de ocupación del espacio virtual con el fin de indicar un supuesto papel innovador de la gestión;

que, en el caso de nuestro Municipio, sin grandes erogaciones, podrían ofrecerse más y mejores servicios que permitan, simultáneamente, una mejora en la eficacia y eficiencia de la administración, a la par de fomentar la mayor transparencia de la gestión;

que, en el caso de nuestro Municipio, se podría potenciar el sitio oficial que el gobierno municipal ofrece a través de su página Web a partir del diseño de un sitio exclusivo para el Honorable Concejo Deliberante a través del cual se publique el Digesto de Ordenanzas, Decretos, Comunicaciones y Resoluciones vigentes, como así también dar a conocer las órdenes del día de las Sesiones que desarrolla el Concejo Deliberante a la vez que se permita la publicación de las versiones que constan en actas a fin de que todos los ciudadanos puedan conocer la opinión y el trabajo de los legisladores de nuestro medio;

que, indudablemente, ello redundará en una mejora en la eficacia y eficiencia en la prestación de los servicios al ciudadano a través de la modernización del Concejo Deliberante;

que, con ello -seguramente- estamos fortaleciendo la relación Estado Municipal – ciudadanía que permite, entre otras cosas, la apertura a la participación y a la transparencia de la información;

que, esta iniciativa debe ser pensada como una acción eficiente de ordenamiento de toda la normativa municipal para que sea accesible, perdure en el tiempo y garantice seguridad jurídica;

que, fundamentalmente, con esta iniciativa se podrá beneficiar a aquellos usuarios no residentes en nuestro medio y que en muchos casos necesitan consultar o conocer legislación para poder actuar en el ámbito de nuestra comunidad; y

CONSIDERANDO que en la Décima Tercera Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 4 de octubre de 2005, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad, el mencionado proyecto de Decreto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente

D E C R E T O

ARTICULO 1º: Dispóngase la creación de un Digesto en Internet a través del cual se pueda acceder a todo tipo de información vinculada a la actividad legislativa originada en el Honorable Concejo Deliberante de Saladillo.-

ARTICULO 2º: El Digesto debe contener:

a) Las Ordenanzas Municipales vigentes y su reglamentación.-

b) La referencia a las normas aprobadas por organismos supramunicipales o intermunicipales de integración de los que la Municipalidad de Saladillo sea parte.-

c) Texto de la Constitución Nacional y la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.-

d) Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTICULO 3º: Las Ordenanzas y demás normativas que integren el Digesto del Honorable Concejo Deliberante de Saladillo deberán ser identificadas por su categoría, individualizándose la rama de la materia o competencia municipal a la que corresponde, previéndose -además- los métodos adecuados a fin de que quien quiera consultar una normativa lo pueda hacer ingresando por el número de la misma como así también por la temática o los caracteres considerados claves en el texto normativo.-

ARTICULO 4º: No obstante lo establecido en los artículos precedentes, además de la información vinculada a la actividad legislativa de este Honorable Cuerpo, deberían preverse vínculos a fin de que en dicha página puedan ser de consulta las siguientes cuestiones:

1.- Información Institucional (Nómina de autoridades del Cuerpo, nómina de Personal, composición de los Bloques Políticos).-

2.- Consultas de expedientes ingresados en el H.C.D.-

3.- Información destacada de la actividad del H.C.D. (Orden del día, fechas de sesiones, informes de las comisiones internas, etc.).-

4.- Partidas presupuestarias previstas para el funcionamiento del H.C.D.-

ARTICULO 5º: A los efectos de posibilitar la prestación del servicio a que hace referencia el artículo 1º, y con la finalidad de que cualquier persona, empresa, administración, institución, organismo o entidad pueda acceder a la máxima información sobre la Normativa existente, autorícese a la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante a convenir con otras administraciones, organismos, instituciones o entidades provinciales, nacionales o internacionales la interconexión de las diferentes bases de datos.- En este caso, se sugiere especificar qué información es propiamente municipal y cuál es facilitada por otros organismos, personas o entidades.-

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los cuatro días del mes de octubre del año dos mil cinco.-

DECRETO H.C.D. Nº 24/05.-

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