VISTO el expediente N° 106/96, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente N° 251/96, a través de los cuales elevan declaraciones juradas de vecinos varios , a quienes solicitan eximición de pago de las Tasas Municipales; y

CONSIDERANDO que en la Novena Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 12 de agosto del año 1996, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja dar lugar a lo solicitado de acuerdo a los porcentajes establecidos en fojas 1;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso se sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente

DECRETO

ARTICULO 1°: Exímase del pago del 100% de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas, y suspéndase del pago del 100% de la Tasa de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos, a los siguientes contribuyentes;

BRUNO, Juan Carlos                           -B° 272 casa 115            -Cta  13935/1

FIGUEROA, Ramón Atilio                   -Sanguinetti 4167             -Cta 8434/2 y 8435/6

PAGLIERO, Eduardo F.                      -Alem 2945                     -Cta 590/0

LIZONDO de TRENTINO Mercedes -12de Octubre y Taborda-Cta 6592/5

ARTICULO 2°: Denéguese la eximiciones solicitadas a los siguientes contribuyentes:

NINNI, Marino Domingo                     -La Margarita                   -Cta   4681/2

BARROS, Enrique y otros                    -Rivadavia 3651               -Cta 7160/0

BLANCO, Julia Estefanía                     -12 de octubre 3077        -Cta   ——-

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese, y archívese.

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los doce días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y seis.

DECRETO H.C.D. N° 25/96.-

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