VISTO el expediente nº152/95, iniciado por la Señora Luján B. de Di Benedetto, mediante el cual eleva nota solicitando el beneficio de eximición de un 50 % del pago de las Tasas Municipales; y
CONSIDERANDO que en la Sesión Especial llevada a cabo el día 28 de noviembre del año 1995, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja hacer lugar a lo solicitado;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Exímase del pago del 50% de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas, y suspéndase del pago del 50 % de la Tasa de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos, correspondiente al año 1995, a la contribuyente Luján B. de Di Benedetto.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiocho días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y cinco.-
DECRETO H.C.D. Nº27/95.-