VISTO el expediente nº 243/97, iniciado por el Concejal José Luis Salomón del Bloque de la U.C.R., mediante el cual eleva proyecto de Decreto referente a declarar de interés público municipal la construcción del Centro de Día “La Casa del Abuelo Goyo”, que tiene entre sus planes el CE.T.I.DI.M.;
que, se trata de un servicio que atiende a personas jóvenes y adultas con discapacidad, en situaciones de dependencia y que por la característica de las discapacidades (tipo y grado) no pueden acceder al sistema laboral protegido;
que, para tal emprendimiento la institución adquirió un predio lindero al actual edificio del Centro, estando muy avanzados los trámites tendientes a concretar la autorización del Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad a los fines de lograr parte de su financiamiento por medio de la Ley de Cheque Nº 24.452, Decreto Reglamentario Nº 153/96 y Nº 940/96;
que, por tratarse el CE.T.I.DI.M. de una Asociación Civil sin fines de lucro y reconocida como Entidad de Bien Público, merece todo el respaldo municipal al preocuparse por dar respuesta a una problemática social, que dejará de ser una realidad oculta de nuestra comunidad;
que, por tal motivo se ve con beneplácito el compromiso asumido por el Intendente Municipal de financiar parte de la obra con recursos municipales; y
CONSIDERANDO que en la Décima Quinta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 10 de noviembre de 1997, el Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad sancionar el mencionado proyecto de Decreto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Declárase de Interés Público Municipal la construcción del Centro de Día “La Casa del Abuelo Goyo” que tiene entre sus planes el CE.T.I.DI.M., con el único fin de atender la problemática social de las personas discapacitadas en situaciones de dependencia.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCENO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diez días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y siete.-
DECRETO H.C.D. Nº 27/97.-