VISTO el expediente nº 179/04, iniciado por el Presidente del Honorable Concejo Deliberante – Concejal Ing. José Luis Salomón del Bloque de la U.C.R., que eleva proyecto de Decreto instrumentando el resguardo de las normas y documentación del Honorable Concejo Deliberante, en soporte magnético tal como CD u otros;

que, a través del Sistema de Informatización, el Honorable Concejo Deliberante de Saladillo tiene cargadas todas las Ordenanzas sancionadas a partir del 10 de diciembre del año 1983 a la fecha y que además, el resto de la documentación tales como: Actas, Decretos del Cuerpo y de Presidencia, Comunicaciones y Resoluciones se las viene incorporando al sistema a partir de su implementación en el año 1990; y

que, a partir de la conexión a Internet y Correo Electrónico, el sistema queda expuesto al peligro de los virus informáticos pasibles de dañar los archivos existentes;

que, a partir de la vinculación en red entre las computadoras del área administrativa y de las computadora que se están instalando en cada uno de los Bloques y Oficinas del H.C.D. resulta imposible ejercer un control estricto para evitar dichos inconvenientes al sistema;

que, resulta necesario en consecuencia generar un resguardo de la documentación archivada, a través de un soporte magnético;

que, en oportunidad de adquirir el último Hardware para el área administrativa, se incorpora una grabadora de CD que permitirá lograr tal cometido;

que, no sólo deberán resguardarse las normas e información incorporadas al sistema y las nuevas, a medida que se sancionan y producen; sino también intentar crear un soporte sobre aquella documentación existente no informatizada, incorporándola previamente por el el método del scaneado y la utilización del software correspondiente;

que, una vez logrado el resguardo en CD y a los efectos de evitar su destrucción o pérdida ante eventuales siniestros que pudieran producirse, deberá generarse las suficientes copias de CD para su archivo y guarda en distintas Reparticiones Públicas e Instituciones tales como: Departamento Ejecutivo, Casa de la Cultura, Consejo Escolar, Juzgado de Faltas; Juzgado de Paz, Fiscalía, Comisaría, Biblioteca Popular “Bartolomé Mitre” y todo otro lugar que a criterio del Presidente del H.C.D. resulte de interés contar con dicho archivo; y

CONSIDERANDO que en la Décima Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 24 de agosto de 2004, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el mencionado proyecto de Decreto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO,  en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente

D E C R E T O

ARTICULO 1º: Instruméntese a través del área administrativa, el resguardo de las normas y documentación obrante en el Honorable Concejo Deliberante tales como Ordenanzas, Decretos del Cuerpo y de Presidencia, Comunicaciones, Resoluciones y las Actas de las Sesiones y Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes.-

ARTICULO 2º: El resguardo de la documentación mencionada en el artículo primero, deberá realizarse en soporte magnético tales como el CD ó, el método más adecuado que ofrezca la actualización tecnológica del sistema informático.-

ARTICULO 3º: El resguardo de la información deberá realizarse sobre las normas e información incorporada al sistema informático y las nuevas a incorporarse a medida que se sancionan y producen; intentando incorporar y resguardar también, aquella documentación existente no informatizada.-

ARTICULO 4º: Los soportes magnéticos logrados, deberán ser grabados en CD, generándose las copias necesarias para su entrega y guarda en distintas Reparticiones Públicas e Instituciones tales como: Departamento Ejecutivo, Casa de la Cultura, Consejo Escolar, Juzgado de Faltas, Juzgado de Paz, Fiscalía, Comisaria, Biblioteca Popular “Bartolomé Mitre” y todo otro lugar que a criterio del Presidente del Honorable Concejo Deliberante resulte de interés contar con dicho archivo.-

ARTICULO 5º: A partir de la sanción del presente Decreto, la actualización del archivo deberá realizarse en forma periódica, facultando a la Presidencia a determinar los plazos más adecuados para tal fin, de acuerdo a las disponibilidades técnicas del área administrativa del Honorable Concejo Deliberante.-

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil cuatro.-

DECRETO H.C.D. Nº 28/04.-

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