VISTO el expediente nº 190/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo  Municipal mediante expediente nº 7618/2018, quién eleva nota solicitando eximición del pago de las Tasas Municipales a favor de la Sra. Juana Elsa BRAVO; y

CONSIDERANDO que en la Novena Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 16 de julio de 2019, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja la aprobación según el artículo 2º, de la Ordenanza n°158/2017, de otorgar un 50% de la tasa de Servicios Urbanos;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente

D E C R E T O

ARTICULO 1º: Exímase del pago del 50 % de la Tasa de Servicios Urbanos, según el artículo 2° de la Ordenanza n° 158/2017, a favor de la Sra. Juana Elsa BRAVO (D.N.I. N° 14.880.831), con domicilio en las calles Alem y Sojo (esq. Sojo) n° 3013- Piso 1°- Departamento A, de nuestra ciudad. –

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese. –

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dieciséis días del mes de julio del año dos mil diecinueve. –

DECRETO H.C.D. Nº 34/2019.-

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