VISTO el expediente nº 63/89, iniciado por una fotocopia de la Exposición Policial, del vecino Anibal Di Benedetto referente a agresión verbal; y
CONSIDERANDO que de la documentación analizada no surge con claridad las pretenciones del vecino con respecto aa este Cuerpo;
que, de la documentación obtante no queda claaaaro si la agresión fue dirigida al señor Di Benedetto como Presidente de la Asociación de Fomento del Barrio San Cayetano fue dirigida a su persona como ente físico;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
DECRETO
ARTICULO 1º : Recházase por improcedente la fotocopia de la exposición policial presentada por el Señor Di Benedetto sobre agresión verbal, obrante a fs. 6, del expediente nº63/89.-
ARTICULO 2º : Gírese copia del presente Decreto al Vecino Aurelio Aníbal Di Benedetto a los efectos de solicitarle:
a) Ampiación y documentación en su caso tendiente a esclarecer al Cuerpo sobre si la agresión fue dirigida al Presidente de la Asociación de Fomento el Barrio San Cayetano y/o por actos de cicha Asociación, o revistió el carácter a título personal.-
b) Definición clara de sus pretenciones con respecto a este Honotable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 3º : Comuníquese al Consejo de Seguridad Distrital, al Departamento Ejecutivo dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archivese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintún días del mes de mayo de mil novecientos noventa.-
DECRETO H.C.D. Nº 5/90.-