VISTO que el artículo 16º del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de Saladillo, determina las Comisiones permanentes de asesoramiento del Cuerpo; y

que, de la fecha de la sanción de dicho Reglamento a la actualidad se han operado modificaciones sustantivas en la organización de el Gobierno Municipal y Provincial;

que, en el orden de la Provincia de Buenos Aires se ha reformulado los objetivos y la nominación del Ministerio de Asuntos Agrarios el que pasó a ser el Ministerio de la Producción; y

CONSIDERANDO que hace dos años aproximadamente que el Municipio de Saladillo cuenta con la Dirección de la Producción la que día a día va incrementando su ámbito de acción;

que, este Honorable Cuerpo debe adecuar las Comisiones y objetivos de la misma a los intereses que la realidad demanda atender;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente

D E C R E T O

ARTICULO 1º: Crease una Comisión Especial con el propósito de replantear los objetivos de la de Asuntos Agrarios y su cambio de denominación por “DE LA PRODUCCION”.-

ARTICULO 2º: La Comisión planteada por el artículo 1º estará constituida con los miembros de la actual Comisión de Asuntos Agrarios.-

ARTICULO 3º: La Comisión especial que se crea por el presente Decreto deberá producir despacho en un termino no mayor de sesenta (60) días.-

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, el Primero de junio de mil novecientos noventa y dos.-

DECRETO H.C.D. Nº5/92.-

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