VISTO que el artículo 16º del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de Saladillo, determina las Comisiones permanentes de asesoramiento del Cuerpo; y
que, de la fecha de la sanción de dicho Reglamento a la actualidad se han operado modificaciones sustantivas en la organización de el Gobierno Municipal y Provincial;
que, en el orden de la Provincia de Buenos Aires se ha reformulado los objetivos y la nominación del Ministerio de Asuntos Agrarios el que pasó a ser el Ministerio de la Producción; y
CONSIDERANDO que hace dos años aproximadamente que el Municipio de Saladillo cuenta con la Dirección de la Producción la que día a día va incrementando su ámbito de acción;
que, este Honorable Cuerpo debe adecuar las Comisiones y objetivos de la misma a los intereses que la realidad demanda atender;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Crease una Comisión Especial con el propósito de replantear los objetivos de la de Asuntos Agrarios y su cambio de denominación por “DE LA PRODUCCION”.-
ARTICULO 2º: La Comisión planteada por el artículo 1º estará constituida con los miembros de la actual Comisión de Asuntos Agrarios.-
ARTICULO 3º: La Comisión especial que se crea por el presente Decreto deberá producir despacho en un termino no mayor de sesenta (60) días.-
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, el Primero de junio de mil novecientos noventa y dos.-
DECRETO H.C.D. Nº5/92.-