VISTO el expediente nº 291/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 3436/2017, quién eleva nota solicitando eximición del pago de las Tasas Municipales a favor de la Sra. Olga Graciela Urrunaga; y
CONSIDERANDO que en la Décima Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 10 de octubre de 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja la aprobación en un 100%;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Exímase del pago del 100 % de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas y suspéndase del pago del 100 % de la Tasa de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos, a favor de la Sra. Olga Graciela Urrunaga, con domicilio en calle Estrada Nº 2.547 de nuestra ciudad.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diez días del mes de octubre del año dos mil diecisiete.-
DECRETO H.C.D. Nº 53/2017.-