VISTO el expediente nº 244/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 3484/2019, quién eleva nota solicitando eximición del pago de las Tasas Municipales a favor de la Sra. Mirtha Susana NICOLÓ; y
CONSIDERANDO que en la Décima Segunda Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 10 de setiembre de 2019, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja eximir en un 100% en pago de la Tasa de Servicios Sanitarios;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Exímase del pago del 100% de la Tasa de Servicios Sanitarios; según el artículo 2° de la Ordenanza N° 158/2017 y sus modificatoria, a favor de la Sra. Mirtha Susana NICOLÓ (D.N.I. N° 16.029.897), con domicilio en calle la calle Rivadavia nº 3664 de Saladillo.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diez días del mes de setiembre del año dos mil diecinueve.-
DECRETO H.C.D. Nº 53/2019.-