VISTO el expediente nº 171/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 3068/2017, quién eleva nota solicitando eximición del pago de las Tasas Municipales a favor de la Sociedad Protectora de Desvalidos; y

CONSIDERANDO que en la Décima Cuarta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 24 de octubre de 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja la aprobación en un 100%;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente

D E C R E T O

ARTICULO 1º: Exímase del pago del 100% de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas y de la Contribución del Fondo de Financiamiento de Obras Públicas, a favor de la Sociedad Protectora de Desvalidos, con domicilio en Avenida Moreno y Ledesma  de nuestra ciudad.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil diecisiete.-

DECRETO H.C.D. Nº 54/2017.-

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