VISTO el expediente nº 173/2015, iniciado por el Concejal Diego Yanson del Bloque del Frente para la Victoria, quién eleva proyecto de Decreto referente a adherir a la Ley Provincial nº 14.735, mediante la cual se creará el Boleto Especial Educativo;
que, se ha aprobado en la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires la Ley Provincial 14735 mediante la cual se creara el Boleto Especial Educativo para los estudiantes pertenecientes al nivel inicial, primario, medio, terciario, superior universitario, formación profesional y bachilleratos populares,
que, la creación de este nuevo derecho apunta a alumnos pertenecientes a instituciones educativas públicas de gestión estatal y de gestión privada con aportes del Estado en todo los niveles, incluidos los de formación profesional y bachilleratos populares;
que, dicho boleto significa un gran avance en la adquisición de nuevos derechos para los Estudiantes de la Provincia de Buenos Aires;
que, nos encontramos próximos a conmemorar un nuevo aniversario de la Noche de los Lápices, un hito trágico de terrorismo de Estado perpetrado en nuestro país durante la última dictadura militar;
que, a partir de consolidar estos nuevos derechos podemos construir una Patria para todos y todas en la que impere la justicia social como parte fundamental de la Memoria, la Verdad y la Justicia; y
CONSIDERANDO que en la Décima Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 29 de setiembre de 2015, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas, que aconseja aprobar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1°: Adhiérase en todos sus términos a la Ley Provincial nº 14.735 mediante la cual se creará el Boleto Especial Educativo para los estudiantes pertenecientes al nivel inicial, primario, medio, terciario, superior universitario, formación profesional y bachilleratos populares.-
ARTICULO 2°: El Departamento Ejecutivo realizará campañas de difusión en colegios primarios, secundarios y demás unidades académicas, en las que brindará asesoramiento sobre el modo de implementación del Boleto Especial Educativo en el Distrito de Saladillo.-
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintinueve días del mes de setiembre del año dos mil quince.-
DECRETO H.C.D. Nº 56/2015.-