VISTO el expediente nº 63/05, iniciado por el Concejal Alejandro Pablo Armendaríz del Bloque de la Unión Cívica Radical, que eleva nota informando que a partir del día 19 de mayo de 2005, renuncia a percibir la dieta de Concejal para acogerse a la Ley 13.217; la cual modifica el artículo 92º de la Ley Orgánica de las Municipalidades;  y

CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 23 de mayo de 2005, este Honorable Cuerpo aprobó por mayoría sancionar un Decreto aceptando la misma;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente

D E C R E T O

ARTICULO 1º: Acéptase la renuncia al Doctor Alejandro Pablo Armendaríz, a percibir la dieta como Concejal, a partir del día 19 de mayo del corriente año y acogerse al artículo 2º de  la Ley 13.217, la cual modifica el artículo 92º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a la Contaduría Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintitres días del mes de mayo del año dos mil cinco.-

DECRETO H.C.D. Nº 6/05

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