VISTO el expediente Nº 63/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 235/2019, quién eleva nota solicitando eximición del pago de las Tasas Municipales a favor de la Sra. Marta Trinidad VIOLA; y

CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 23 de abril de 2019, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja aprobar en un 50% la eximición del pago de la tasa de Servicios Sanitarios;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente

D E C R E T O

ARTICULO 1º: Exímase del pago, según el artículo 2° de la Ordenanza N.° 158/2017, del 50% de la tasa de Servicios Sanitarios, a favor de la Sra. Marta Trinidad VIOLA (D.N.I N.º 11.821.823) con domicilio en calle Alem N.º 2846, Departamento N°15, 2° piso, de nuestra ciudad. –

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese. –

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintitrés días del mes de abril del año dos mil diecinueve. –

DECRETO H.C.D. Nº 6/2019.-

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