VISTO el expediente nº 397/2018, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 5821/2018, quién eleva nota solicitando eximición del pago de las Tasas Municipales a favor del Sr. Ricardo Daniel Funes; y

CONSIDERANDO que en la Décima Quinta  Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 13 de noviembre de 2018, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja la aprobación  segun el artículo 2º, en un 100%; de la tasa de Agua Corriente y Cloacas;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente

D E C R E T O

ARTICULO 1º: Exímase del pago del 100 % de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas según el articulo 2º de la Ordenanza nº 158/2017, a favor del Sr. Ricardo Daniel Funes (DNI 8.003.994), con domicilio en el  Barrio 272 Viviendas -Casa 265-  de nuestra ciudad.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los  trece días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.-

DECRETO H.C.D. Nº 62/2018.-

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