VISTO el expediente nº 310/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 1951/2019, quién eleva nota solicitando eximición del pago de las Tasas Municipales a favor del Sr. Juan Carlos CHIDICHIMO; y

CONSIDERANDO que en la Décima Séptima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 19 de noviembre de 2019, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja eximir en un 100% el pago de la Tasa de Servicios Urbanos;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente

D E C R E T O

ARTÍCULO 1º:  Exímase del pago, según el artículo 2° de la Ordenanza nº 158/2017, del 100 % de la Tasa de Servicios Urbanos, a favor del Sr. Juan Carlos CHIDICHIMO (D.N.I. Nº 5.251.143), con domicilio en calle Roque Sáenz Peña N° 3532, de nuestra ciudad.-

ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecinueve días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve.-

DECRETO H.C.D. Nº 65/2019.-

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