VISTO el expediente nº 119/2013, iniciado por los Concejales Lorden y Negri del Bloque de la U.C.R., que elevan proyecto de Decreto institucionalizando por única vez una Sesión Especial en el marco de los 150 años de Saladillo;
que, el 31 de julio del corriente año se cumplen 150 años de la fundación de nuestra Ciudad;
que, durante todo el año 2013 se están realizando eventos en el marco del Sesquicentenario;
que, una fecha tan especial debe servir para unirnos como sociedad, para reflexionar sobre los sucesos del pasado y proyectar el futuro;
que, la historia de una ciudad la contamos entre todos y todos somos parte de ella;
que, de acuerdo a la legislación vigente de aquella época, la organización de las municipalidades de campaña era la siguiente: a) Presidía la Municipalidad el Juez de Paz que era designado por el Poder Ejecutivo (en 1854, de una terna que hacían las municipalidades y a partir de 1858 directamente); b) Integraban la Municipalidad, cuatro municipales propietarios y dos suplentes, vecinos del distrito, mayores de 25 años de edad, con renta o profesión, elegidos popularmente por sus convecinos; la elección debía ser aprobada por el gobierno al cual se le remitían las actas respectivas.- El Presidente, dos titulares y un suplente se renovaban anualmente; c) El trabajo era dividido así entre los miembros de la Corporación: 1º.- El Presidente de la Municipalidad ejercía las funciones que ahora atañen al Intendente Municipal y al Presidente del Concejo Deliberante /aparte de las demás: judiciales, policiales, etc., propias del cargo/; 2º.- Uno de los Municipales era el Procurador de la Municipalidad, desempeñando además las funciones de defensor de pobres y menores, reemplazaba al Juez de Paz en los casos de ausencia o enfermedad; 3º.- Otro de los Municipales inspeccionaba los corrales de abasto, cuidaba del aseo del pueblo, compostura de calles y caminos, inspeccionaba las pesas y medidas, tenía funciones de policía; 4º.- Otro Municipal era el tesorero, quien recaudaba las rentas municipales y percibía los fondos que destinara el gobierno para el servicio del partido; 5º.- El otro Municipal era el encargado de los establecimientos de instrucción pública, beneficencia y culto, era el inspector de escuelas y debía hacer también la delineación de las calles y caminos;
que, el Honorable Concejo Deliberante tiene mucha historia, y a los largo de estos 150 años ha sido compuesto por numerosos Concejales;
que, en el año 1875 presidía el Honorable Concejo Deliberante Víctor del Carril e integraban el Cuerpo Emiliano E. Reynoso, Benito J. Galíndez, Máximo Ledesma, José María Aldao y Víctor del Carril;
que, tras el recuperamiento de la Democracia en 1983 Presidía el Honorable Concejo Marcelo Pascual Tosca e integraban el Cuerpo Carlos Antonio Gorosito, Luis Vicente Canónico, Daniel Oscar Bellesi, Lucía Inés Elordieta, Marcelo Pascual Tosca, Pedro José Elordi, Carlos Arturo Armendáriz, Enrique Omar Salas, Rodolfo Vaccarini, Luis Julio Rivera, Elba Estela Nicoló, Carlos César Marconi, Mario Alberto Giordano, Ernesto Félix Guillen;
que, en el marco del sesquicentenario se debe brindar un más que merecido homenaje a estos hombres que han defendido y han llevado al Recinto la voz del pueblo; y
CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 28 de mayo del año 2013, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas que aconseja su aprobación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Institucionalícese por única vez la Sesión Especial a llevarse a cabo en el mes de julio del corriente año, a fin de brindar un más que merecido homenaje a todos los Concejales de Saladillo.-
ARTICULO 2º: Convócase a los ex-Concejales y/o familiares a participar de la Sesión Especial.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil trece.-
DECRETO H.C.D Nº 7/2013.-