VISTO el expediente Nº 38/2022, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente Nº 7329/2021, quién eleva nota solicitando eximición del pago de las Tasas Municipales a favor del Sra. Selva Noemí LEDESMA; y

CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 12 de abril de 2022, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja aprobar en un 100% la eximición del pago de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas y Tasa de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente

D E C R E T O

ARTÍCULO 1º: Eximir del pago, según el artículo 4º de la Ordenanza Nº 97/2021, del 100% de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas y Tasa de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos, a favor del Sra. Selva Noemí LEDESMA (D.N.I. Nº 0.864.927), con domicilio en calle Emparanza N° 2514, de nuestra ciudad.-

ARTÍCULO 2º: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los doce días del mes de abril del año dos mil veintidós.-

DECRETO H.C.D. Nº 10/2022.-

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