VISTO el expediente nº 201/2016, iniciado por el Presidente del Honorable Concejo Deliberante, Concejal Alejandro Armendáriz, quién eleva proyecto de Decreto modificando el artículo 1º y 4º del Decreto nº 3/2007, referente a instituir el Premio Ignacio Goñi, en ocasión de celebrarse el “Día del Actor”;
que, el Decreto nº 3/2007, mediante el cual se instituye el Premio Ignacio Goñi, el cual debe ser entregado anualmente en ocasión de celebrarse el “Día del Actor”;
que, el mencionado Decreto establece las pautas a seguir para la elección del vecino-actor que sea condecorado con dicho Premio;
que, este Honorable Cuerpo, todos los años a través de una Sesión Especial, homenajea a todos los actores propuestos por un Jurado, otorgándole al vecino-actor elegido un Diploma de Honor y una Medalla de Plata;
que, el Jurado citado ut-supra, está integrado por representantes de los diferentes Bloques, como así también por personas de nuestra comunidad vinculadas a la actividad cultural de nuestra ciudad;
que, en los últimos años se hizo difícil convocar a las Instituciones participantes;
que, es necesario que este Honorable Concejo Deliberante modifique el Decreto Nº 3/2007, a fin de llevar adelante esta propuesta cada dos años; y
CONSIDERANDO que en la Décima Segunda Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 27 de septiembre de 2016, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Educación y Cultura, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Modifíquese el artículo 1º del Decreto Nº 3/2007, que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 1º: Institúyase a través del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Saladillo el Premio IGNACIO GOÑI , el cual deberá ser entregado cada dos años, los años impares, en ocasión de la celebración del DIA DEL ACTOR, y a través del cual se reconocerá la labor de los vecinos actores que se destaquen por sus actuaciones, ya sea en la actividad teatral o por la interpretación de roles cinematográficos.-
ARTICULO 2º: Modifíquese el artículo 4º del Decreto nº 3/2007, que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 4º: El premio instituído será entregado a aquel vecino – actor que sea seleccionado de una terna que será propuesta por la Comisión conformada en el artículo 2º de la presente normativa, y se hará acreedor a una escultura realizada por un artista local y un Diploma de Honor en reconocimiento a la actividad desarrollada.- Asimismo, quienes conformen la terna seleccionada se harán acreedores de un Diploma de Honor.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintisiete días del mes de septiembre del año dos mil dieciséis.-
DECRETO H.C.D. Nº 38/2016.-