VISTO el expediente n° 144/2020, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 3644/2020, quién eleva proyecto de Ordenanza, referente a aprobar el contrato con el Sr. Alejandro del Vecchio, para el desarrollo del Sistema R.A.F.A.M;

que mediante Decreto 2980/00, el Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires declaró iniciado el proceso de reforma de la administración de los recursos financieros y reales en el ámbito municipal;

que, para llevar a cabo dicha reforma se desarrolló e implementó un sistema informático denominado RAFAM, software que fue implementado por este Municipio;

que, el Municipio no cuenta con personal para la asistencia diaria en las dificultades que se presentan en la utilización del sistema informático y software provisto por la Provincia de Buenos Aires;

que, por ello resulta necesario contratar servicios de asistencia y consultoría administrativa e informática sobre el macro sistema R.A.F.A.M. comprendiendo el Sistema de Personal e Ingresos Públicos implementado en el Municipio, en forma remota y sin limitación de tiempo;

que, para dotar de operatividad al mencionado Convenio, en virtud de lo normado por el artículo 41° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, resulta necesaria su aprobación por el Honorable Concejo Deliberante; y

CONSIDERANDO que en la Novena Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 14 de octubre de 2020, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°: Aprobar el contrato celebrado entre la Municipalidad de Saladillo y el Sr. Alejandro Del Vecchio, D.N.I. n° 23.087.284, por el término de cuatro meses contados a partir del día 1° de septiembre de 2020, a los fines de formalizar la prestación de servicios de asistencia y consultoría administrativa e informática sobre el macro sistema R.A.F.A.M. comprendiendo el Sistema de Personal e Ingresos Públicos implementado en el Municipio, en forma remota y sin limitación de tiempo, que como Anexo I pasa a ser parte integrante de la presente.-

ARTÍCULO 2°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, publicar y archivar.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los catorce días del mes de octubre del año dos mil veinte .-

 

ORDENANZA N° 50/2020.-

 

 

 

ANEXO I

 

 

 

 

 

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