VISTO el expediente nº 308/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 4270/2019, quién eleva nota solicitando eximición del pago de las Tasas Municipales a favor de la Sra. Gladis Nelsa PAGES; y
CONSIDERANDO que en la Décima Séptima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 19 de noviembre de 2019, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja eximir en un 100% el pago de la Tasa de Servicios Urbanos;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTÍCULO 1º: Exímase del pago, según el artículo 2° de la Ordenanza nº 158/2017, del 100 % de la Tasa de Servicios Urbanos, a favor de la Sra. Gladis Nelsa PAGES (D.N.I. Nº 10.604.915), con domicilio en calle Los Paraísos, Casa n° 4, de la localidad de Polvaredas.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecinueve días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve.-
DECRETO H.C.D. Nº 63/2019.-