VISTO el expediente nº 221/2018, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 4935/2018, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar contrato celebrado con el Sr. Alejandro Del Vecchio para la prestación del Sistema RAFAM;

 

que, mediante Decreto 2980/00 el Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires declaró iniciado el proceso de reforma de la administración de los recursos financieros y reales en el ámbito municipal;

 

que, para llevar a cabo dicha reforma se desarrolló e implementó un sistema informático denominado RAFAM, software que fue implementado por este Municipio;

 

que, el Municipio no cuenta con personal para la asistencia diaria en las dificultades que se presentan en la utilización del sistema informático y software provisto por la Provincia de Buenos Aires;

 

que, por ello resulta necesario contratar servicios de consultoría y asistencia del sistema RAFAM en los módulos de Presupuesto, Contrataciones, Contabilidad, Tesorería y Bienes Físicos, más el Software complementario del macro sistema RAFAM;

 

que, al encontrarse el Departamento Deliberativo en período de receso, y en base a las consideraciones antes expuestas, se procedió, por parte del Departamento Ejecutivo a suscribir el convenio ad referéndum de su aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante conforme a lo normado por el artículo 41º de la Ley Orgánica de las Municipalidades; y

 

CONSIDERANDO que en la Décima  Sesión Ordinaria, llevada a cado el día 28 de agosto de 2018, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

 

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º: Apruébase el contrato celebrado entre este Municipio y el Sr. Alejandro Del Vecchio, D.N.I. Nº 23087284, obrante a fs. 2/3, por el término de cuatro meses contados a partir del día 1º de mayo, a los fines de formalizar la prestación de servicios de asistencia y consultoría administrativa e informática del sistema RAFAM.-

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiocho días del mes de agosto del año dos mil dieciocho.-

 

ORDENANZA Nº 86/2018.-

 

 

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