VISTO el expediente nº 43/09, iniciado por el Bloque del Frente para la Victoria que eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo cumpla con la Ordenanza de Tránsito;

que, la Ordenanza Nº 37/08, promulgada con el Nº 948/08 que normaliza el tránsito en el distrito de Saladillo;

que, con fecha 18 de febrero de 2009 el Honorable Concejo Deliberante aprobó por unanimidad la Comunicación Nº 3/09, donde se solicita al Departamento Ejecutivo cumpla con la Ordenanza precitada sobre el tránsito en nuestra ciudad ya que la misma está vigente;

que, la no concreción de las obras de infraestructura, que se debieron ejecutar en el lapso que estipula el artículo Nº 11 de la Ordenanza el cual venció el 31/12/08, es responsabilidad del Departamento Ejecutivo;

que, en el Presupuesto 2008 estaba contemplada una partida presupuestaria para Obras de Conservación y Señalización de la Vía Pública por un monto de $ 467.546;

que, lamentablemente no se cumplió con las obras de infraestructura a más de seis meses de la promulgación de la Ordenanza;

que, no obstante, independientemente del déficit en infraestructura, hay aspecto de la Ordenanza que sí pueden ser instrumentados;

que, por derogación de las normas anteriores (art. 12 de la Ordenanza) los controles deben realizarse por la Ordenanza vigente;

que, ante los distintos reclamos de los vecinos por las deficiencias en controles y aplicación de normativas es necesario con carácter de urgente esclarecer a la población y realizar los controles necesarios; y

CONSIDERANDO que en la Segunda Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 28 de abril de 2009, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el mencionado proyecto de Comunicación;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

C O M U N I C A C I O N

ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo el cumplimiento de la Ordenanza Nº 37/08, promulgada con el Nº 2397, Decreto Nº 948/08.-

ARTICULO 2º: En relación a los aspectos que no involucran infraestructura, como circulación de camiones en la planta urbana y horario de carga y descarga de mercaderías, informe si se está cumpliendo con el control y aplicación de las infracciones.-

ARTICULO 3º: Con respecto a la adecuación de la infraestructura necesaria para la determinación de mano, contramano y la implementación del estacionamiento medido, se solicita se eleve a este Honorable Cuerpo el plan de trabajo con fecha estimativa de culminación del mismo en cada rubro.-

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiocho días del mes de abril del año dos mil nueve.-

COMUNICACION Nº 11/09.-

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