VISTO el expediente N° 8/90 iniciado por CE.TI.DI.M solicitando se mantenga el subsidio de dos sueldos mínimos municipales por mes; y
CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria de 1990 fue aprobado por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda donde aconseja girar el expediente al Departamento Ejecutivo para que se considere el pedido al momento de confeccionar el Presupuesto Municipal Año 1990;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I Ó N
ARTICULO 1°: Remítese al Departamento Ejecutivo el expediente N° 8/90 iniciado por CE.TI.DI.M, solicitando se mantenga el subsidio de dos sueldos mínimos municipales por mes.
ARTICULO 2°: Solicítase al Departamento Ejecutivo considere el pedido de la Institución peticionante al momento de confeccionar el Presupuesto Municipal Año 1990.
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los cuatro días del mes de junio de mil novecientos noventa.
COMUNICACIÓN N° 13/90.-