VISTO el expediente nº 55/96, iniciado por el Síndicato de Trabajadores Municipales de Saladillo, mediante el cual eleva nota solicitando una metodología de trabajo que permita a los empleados municipales que se encuentren encuadrados en la Ordenanza de eximición del pago de las Tasas Municipales, recibir los beneficios dispuestos en esa norma; y
CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 20 de mayo del año 1996, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja girar el presente expediente al Departamento Ejecutivo, para el caso de que fuera factible, se implemente lo solicitado por el Síndicato de Trabajadores Municipales;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Gírese el expediente nº 55/96 al Departamento Ejecutivo, para el caso de que fuera factible, se implemente lo solicitado por el Síndicato de Trabajadores Municipales.
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinte días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y seis.-
COMUNICACION Nº13/96.-