VISTO el expediente nº160/91 – Alcance 1, iniciado por el Concejal Juan Carlos Pellegrino -Bloque U.C.R.-, mediante el cual eleva proyecto de Comunicación instando al Departamento Ejecutivo a dar cumplimiento a la Ordenanza Nº81/91, sobre la numeración de calles y avenidas de la Planta Urbana;
que, se han instrumentado varios planes de ejecución de obras públicas municipales sin haberse incluido a la obra mencionada;
que, su ejecución, no es una obra costosa;
que, hace a la seguridad y fácil orientación de los habitantes y visitantes de nuestro pueblo dentro de la planta urbana;
que, debe incluirse en un plan general de señalización y demarcación, como parte de una tarea rutinaria del Municipio; y
CONSIDERANDO que en la Quinta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 12 de junio del año 1995, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad que aconseja sancionar el proyecto de Comunicación contenido en el expediente;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Instase al Departamento Ejecutivo a dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ordenanza Nº81/91 referente a la numeración de calles y avenidas de la Planta Urbana de Saladillo.-
ARTICULO 2º: Para sufragar los costos que la obra demande, contémplese la partida correspondiente en el Presupuesto del año en curso, rubro “Obras Varias”.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los doce días del mes de junio del año mil novecientos noventa y cinco.-
COMUNICACION Nº16/95.-