VISTO el expediente nº53/87 iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº664/92, por el cual eleva modificación del artículo 80º de la Ordenanza Nº1053 sobre licencias sin goce de sueldos por parte de empleados municipales; y
CONSIDERANDO que en la Sesión Ordinaria del día 15 de junio del año 1992 el Honorable Concejo Deliberante aprobó el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas que aconseja dar intervención a la Comisión de Estudio Especial creada mediante Decreto nº122/92 del Departamento Ejecutivo;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo la intervención de la Comisión Especial creada mediante Decreto Nº122/92, para la reformulación del Estatuto Municipal, con el fin de contemplar y evaluar la modificación del artículo 80º de la Ordenanza nº1053, referido al régimen de licencias sin goce de sueldo por parte del Empleado Municipal.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los quince días del mes de junio de mil novecientos noventa y dos.-
COMUNICACION Nº19/92.-