VISTO el expediente nº189/94, iniciado por los Concejales Balbiani y Tenaglia -P.J.-, mediante el cual solicita informes al Juez de Faltas sobre procedimientos, acciones y/o competencias en materia de menoridad, expendio de bebidas alcohólicas, horarios de comercios bailables, bares, clubes, confiterías, etcétera; y

CONSIDERANDO que en la Sexta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 26 de junio del año 1995, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas que aconseja sancionar una Comunicación requiriendo al Señor Juez de Faltas Municipal informe sobre la marcha de la puesta en vigencia del régimen de faltas de la Provincia de Buenos Aires y si se han hecho procedimientos a raíz de dichas normas;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

C O M U N I C A C I O N

ARTICULO 1º: Solicítase al Señor Juez de Faltas Municipal informe a este Honorable Concejo Deliberante sobre lo siguiente:

a) Si tiene competencia legal o derivada por interpretación judicial en el control de la aplicación del régimen de faltas de la Provincia de Buenos Aires.-

b) Si ha hecho procedimientos en la materia que se analiza y enviar datos estadísticos.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiseis días del mes de junio del año mil novecientos noventa y cinco.-

COMUNICACION Nº19/95.-

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