VISTO el expediente nº51/92 iniciado por el Sr. Ricardo Asencio Salinardi mediante el cual peticiona sobre el cumplimiento de la Ordenanza nº821/85 sobre elaboración, despacho y venta de pan; y
CONSIDERANDO que en la Sesión Ordinaria del día 15 de junio de 1992, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas, que aconseja solicitar informe al Director de Bromatología Municipal;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo la intervención del Director de Bromatología Municipal para que informe a este Concejo sobre el cumplimiento de la Ordenanza nº821/85 correspondiente a la elaboración, despacho y venta de pan, incluyéndose en dicho informe la lista de panaderías y locales de venta de pan y su funcionamiento en relación a la norma vigente.-
ARTICULO 2§: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los quince días del mes de junio de mil novecientos noventa y dos.-
COMUNICACION Nº23/92.-