VISTO el expediente nº89/95, iniciado por el Concejal Joaquín Ripoll -U.C.R.-, mediante el cual eleva proyectos de: Decreto, Resolución y Comunicación referente al pago de haberes a jubilados y pensionados en forma escalonada;
que, el Gobierno Nacional ha establecido el pago de haberes a jubilados y pensionados en forma escalonada;
que, resulta necesario adecuar las fechas de la percepción de los haberes con las de los compromisos de pagos de servicios públicos prestados;
que, hemos receptado como Concejales innumerables inquietudes al efecto de la adecuación precitada; y
CONSIDERANDO que en la Séptima Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 10 de julio del año 1995, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas que aconseja sancionar en su totalidad el contenido de las partes dispositivas, es decir, Decreto, Comunicación y Resolución, resolviendo modificar y sustituir el texto originario del Concejal Ripoll, a los efectos de armonizar todas las ideas y propuestas de los integrantes de esta Comisión;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal, tenga a bien disponer las medidas necesarias a los efectos de contemplar la situación de aquellos jubilados y pensionados obligados a abonar sus tasas fuera de término.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diez días del mes de julio del año mil novecientos noventa y cinco.-
COMUNICACION Nº24/95.-