VISTO que el Cuartel VIII “El Mangrullo” correspondiente a nuestro Partido es el m s afectado desde el año 1980 a la fecha por las casi permanentes anegaciones;
que, el comportamiento del arroyo Vallimanca y el mal manejo de la entrada de aguas por las compuertas del Canal 16 en su nacimiento provocan inundaciones que solamente pueden ser superadas por la temporada estival;
que, este Honorable Cuerpo ha venido planteando los problemas emergentes de tal situación y los legítimos reclamos de los productores de la zona que no disponen de medios para superar por sí tan tremendas inclemencias climáticas, documentado por Resolución Nº47/84 y Comunicaciones Nº34/84, 13/85 y 2/87 (las que se adjuntan sus fotocopias para adjuntar al expediente); y
CONSIDERANDO que seguir postergando el Municipio las obras de infraestructura que posibiliten a los productores de “El Mangrullo” acceder a sus predios, sacar la producción y provocar un mejor escurrimiento de las aguas para posibilitarles realizar una explitación agro-ganadera acorde a su potencial y necesidades para una vida digna, constituye efectivamente un acto de injusticia; y
que, significaría una contradicción con las políticas de desarrollo de la producción que el Municipio en su conjunto ha determinado como prioritarias;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Instáse al Departamento Ejecutivo a elaborar un Plan de Trabajo que posibiliten el acceso permanente de los productores, a los predios del Cuartel VIII “El Mangrullo”, especialmente en épocas de inundaciones de dicha zona.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO
a los tres días del mes de agosto de mil novecientos noventa y dos.-
COMUNICACION Nº41/92.-