VISTO el expediente nº170/92 iniciado por vecinos del Barrio CAPS “San Roque” mediante el cual solicitan la permanencia del Servicio Odontológico en dicho establecimiento, tal cual se realizaba hasta el presente; y

CONSIDERANDO que en la Séptima Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 3 de agosto de 1992 el Honorable Cuerpo aprobó solicitar informe al Departamento Ejecutivo sobre las delimitaciones impuestas en la atención del Servicio Odontológico del CAPS “San Roque”;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

C O M U N I C A C I O N

ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo que mediante la Dirección de Salud informe a este Honorable Concejo Deliberante sobre los motivos y razones de las limitaciones impartidas a la Dra. Alejandra Barru‚ con relación a la atención del Servicio Odontológico del CAPS “San Roque”, según manifiestan los vecinos mediante nota de fecha 14 de julio de 1992.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los tres días del mes de agosto de mil novecientos noventa y dos.-

COMUNICACION Nº43/92.-

Buscar proyecto por concejal