VISTO el expediente nº144/95, iniciado por el Bloque de Concejales Justicialista, mediante el cual eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo ponga en marcha y práctica las normas referente a materia de tránsito;
que, la gran cantidad de accidentes producidos en nuestra ciudad, y teniendo en cuenta que el índice de los mismos ha aumentado en forma considerable;
que, transitan en nuestra ciudad gran cantidad de ciclomotores, sin el debido casco protector;
que, el Honorable Concejo Deliberante durante todo el año 1994 y lo que va del año 1995 sobre el tema en forma particular, debido a la urgencia de estos acontecimientos;
que, la comunidad peticiona y solicita soluciones, muchas veces desconociendo todo lo legislado: pedidos de Comunicación y/o Ordenanzas sobre el tema de tránsito;
que, todo el Honorable Concejo Deliberante se ha manifestado mayoritariamente por la pronta puesta en marcha de medidas que tiendan a disminuir estos lamentables accidentes, que van desde la prevención hasta la aplicación de la correspondiente multa;
que, se ha dado prioridad, dando pronto despacho en trabajos de Comisión sobre el tema en tratamiento;
que, todo lo expuesto tiende a una mayor calidad de vida, evitar accidentes, muchas veces de carácter irremediable;
que, el Departamento Ejecutivo debería dar respuesta urgente y pronta puesta en marcha de todo lo legislado en casi dos años de labor parlamentaria fecunda; y
CONSIDERANDO que en la Décima Segunda Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 25 de septiembre del año 1995 el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad que concuerda en sancionar la Comunicación, habida cuenta que se ha legislado suficientemente en materia de tránsito, señalización, estacionamiento y todo lo referente a lograr su ordenamiento;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo la pronta puesta en marcha y práctica sobre todo lo legislado en materia de tránsito hasta la fecha en el Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 2º: Aplíquese la Ordenanza Municipal vigente en cuanto a infracciones, multas y contravenciones.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinticinco días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y cinco.-
COMUNICACION Nº43/95.-