VISTO el expediente nº34/95, iniciado por el Señor Joaquín Ripoll -Concejal de Saladillo-, mediante el cual eleva nota dando cuenta de algunos hechos acontecidos un el Establecimiento Educacional Primario de nuestro Partido, sobre incursión de personas ajenas a dicha actividad educacional; y
CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 22 de mayo del año 1995, el Honorable Cuerpo aprobó por mayoría el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas que aconseja sancionar una Comunicación solicitando informe al Juzgado de Faltas de Saladillo, al efecto de proceder a fijar su criterio según su ciencia y conciencia y sobre el respectivo tema analizado;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo y por su intermedio al Juez de Faltas de Saladillo, al efecto de que proceda a fijar su criterio, según su ciencia y conciencia, sobre el tema analizado.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintidos días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y cinco.-
COMUNICACION Nº7/95.-