VISTO el expediente nº 223/06, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 5334/06, que eleva nota adjuntando declaraciones juradas de vecinos, que solicitan eximición de Tasas Municipales; y
CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 24 de julio de 2007, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja sancionar un Decreto, eximiendo en un 100 % de la Tasa de Agua y Cloacas y suspender del 100 % de la Tasa de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos a los siguientes contribuyentes: Cantero de Ferrario, Elba; Traveza, Romelia; Cieza Miguel Angel; Papavero, Yolanda Ester y Rodríguez Elsa María; y denegar las solicitudes de Pardo Nilda Noemí y Lambert María Guillermina, atento a no cumplir con lo establecido en la Ordenanza Nº 39/94;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Exímase del pago del 100 % de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas, y suspéndase del pago del 100% de la Tasa de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos, a los siguientes contribuyentes:
APELLIDO NOMBRES DOMICILIO
CANTERO de FERRARIO Elba A. de Toledo Nº 2625
TRAVEZA Romelia Roca Nº 3381
CIEZA Miguel Angel R. Rojas Nº 2810
PAPAVERO Yolanda Ester J.V. González Nº 3431
RODRIGUEZ Elsa María Posadas Nº 3438
ARTICULO 2º: Denéguese la solicitud de eximición de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas, y de la Tasa de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos, a los siguientes contribuyentes:
APELLIDO NOMBRES DOMICILIO
PARDO Nilda Noemí Bº CUEC – Duplex 31
LAMBERT María Guillermina I. Frocham Nº 3009
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinticuatro días del mes de julio del año dos mil siete.-
DECRETO H.C.D. Nº 10/07.-