VISTO el expediente nº 388/2014, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 4030/2014, que eleva nota solicitando eximición del pago de las Tasas Municipales a favor del Sr. Pedro Luján Di Carlo; y
CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 05 de mayo de 2015, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos que aconseja la aprobación en un 100 %;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Exímase del pago del 100 % de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas y suspéndase del pago del 100 % de la Tasa de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos, a favor delSeñor Pedro Luján DI CARLO.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los cinco días del mes de mayo del año dos mil quince.-
DECRETO H.C.D. Nº 12/2015.-