VISTO el expediente nº 98/2010, iniciado por el Bloque de Concejales de la U.C.R., que eleva proyecto de Decreto creando una Comisión Especial para dirimir inhabilidades de Concejales;

que, los dichos de los Concejales Negri y Lissalde en el recinto durante la Sesión Especial de la Rendición de Cuentas;

que, se mencionaron hechos que podrían generar inhabilidad de los dos Concejales para ejercer sus funciones;

que, es función del Cuerpo en su conjunto la de establecer la habilidad de los miembros del Honorable Concejo Deliberante, de acuerdo al artículo 6º y 14º de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

que, es importante despejar toda duda de los actos emanados del H.C.D. y para ello es fundamental establecer claramente la legalidad de la integración del mismo;

que, para ello sería de utilidad crear una Comisión Especial de los antecedentes y de la situación particular de los casos que nos ocupan a fin de que la misma pueda aconsejar al Cuerpo en su totalidad la resolución a tomar; y

CONSIDERANDO que en la Quinta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 8 de junio de 2010, este Honorable Cuerpo aprobó por mayoría, con el voto de los Concejales de la U.C.R. y del Frente para la Victoria, sancionar el mencionado proyecto de Decreto:

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente

D E C R E T O

ARTICULO 1º: Créase en el ámbito de este Honorable Concejo Deliberante, la Comisión Especial investigadora sobre inhabilidades, que será integrada por un total de cinco concejales: dos Concejales del Bloque de la Unión Cívica Radical, dos Concejales por el Bloque del Frente para la Victoria y un Concejal por el Bloque Unión PRO.-

ARTICULO 2º: Dicha comisión se abocara única y exclusivamente a recoger toda la documentación necesaria para la investigación de la supuesta inhabilidad de los concejales Jorge Negri y Ricardo Lissalde y en un plazo máximo de sesenta días dará un despacho aconsejando al Cuerpo la resolución a tomar.-

ARTICULO 3º: No podrán ser integrantes de la Comisión los Concejales involucrados.-

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los ocho días del mes de junio del año dos mil diez.-

DECRETO H.C.D. Nº 16/2010.-

Buscar proyecto por concejal