VISTO el expediente nº 164/96, iniciado por el Concejal José Luis Salomón -U.C.R.-, mediante el cual eleva proyecto de Decreto declarando de Interés Público Municipal la ampliación de la Obra: “Pavimento de la Avenida Mariano Acosta” que permitirá la pavimentación de la Avenida Ibáñez Frocham entre las vías del Ferrocarril Roca y Avenida Rivadavia;
que, la importancia que la Obra del Pavimento de la Avenida Mariano Acosta y la Avenida Ibáñez Frocham tiene para Saladillo;
que, el Convenio firmado en el año 1987 entre la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Saladillo no contempló la pavimentación del tramo de la Avenida Ibáñez Frocham entre las Vías del Ferrocarril y la Avenida Rivadavia;
que, dicha arteria constituye el principal acceso a Saladillo desde la Ruta Nacional 205, por su ubicación y seguridad para la entrada y salida del tránsito liviano y pesado;
que, el mismo forma parte de la proyectada avenida de circunvalación que permite la vinculación de las principales Rutas que circundan nuestra ciudad;
que, el tramo de la Avenida Ibáñez Frocham, desde la Rotonda (en la Ruta Nacional 205) y las vías del Ferrocarril, (obra actualmente concluída) no podrá cumplir su función de acceso en plenitud pues a partir de las vías del Ferrocarril el tramo se angosta de diecinueve (19) metros a siete (7) metros de ancho, para luego de cuatro cuadras y media (4,5 cuadras), entre la Avenida Rivadavia y Avenida San Martín, volver a ensancharse;
que, la obra demandada representa un total de cuatro cuadras y media (4,5 cuadras) doble (con cantero central) que significa una superficie a pavimentar estimada en ocho mil quinientos (8500) metros cuadrados, resultando un monto de obra aproximado de $ 300.000;
que, la obra reclamada representa el 15 % del monto global de la obra originalmente prevista en pesos un millón novecientos cincuenta mil ($ 1.950.000) aproximadamente;
que, el Convenio vigente entre la Provincia y el Municipio contempla el aporte financiero del 50 % del monto de la obra por parte de la Provincia, lo que significaría una inversión de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000) en un plazo de obra estimado en doscientos cuarenta (240) días corridos;
que, la obra mencionada nunca sufrió una ampliación del monto original de lo presupuestado, en consecuencia lo aquí peticionado sería la única ampliación requerida que por otra parte resulta inferior al 20 % contemplado por la Ley de Obras Públicas Nº 6021;
que, la ampliación solicitada está totalmente vinculada con la obra original y además permitirá completar el objetivo final de este importante y ambicioso emprendimiento para nuestra comunidad de Saladillo; y
CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 22 de julio del año 1996, el Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el mencionado proyecto de Decreto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Declárase de Interés Público Municipal la ampliación de la Obra: “Pavimento de la Avenida Mariano Acosta” que permitirá la pavimentación de la Avenida Ibáñez Frocham entre las vías del ex-Ferrocarril Roca y la Avenida Rivadavia.-
ARTICULO 2º: Respáldanse las gestiones que en tal sentido el Municipio realice ante el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, con el fin de lograr la ampliación del quince por ciento (15 %) de la obra original, inferior al veinte por ciento (20 %) permitido por la Ley de Obras Públicas Nº 6021.-
ARTICULO 3º: Remítase el presente Decreto al Señor Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, al Ministerio de Obras y Servicios Públicos, al Administrador General de la Dirección de Vialidad de la Provincia, al Intendente Municipal de Saladillo y a las Entidades Intermedias de Saladillo como la Cámara de Comercio, Industria y Producción, la Sociedad Rural y la Federación
Agraria.-
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintidos días del mes de julio del año mil novecientos noventa y seis.-
DECRETO H.C.D. Nº 19/96.-
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