VISTO el expediente nº 122/2010, iniciado por el Bloque del Frente para la Victoria que eleva proyecto de Decreto declarando de Interés Municipal la sanción de una nueva ley de Financiamiento Educativo;
que, la presentación realizada por el Consejo Ejecutivo Seccional SUTEBA Saladillo a este Bloque de Concejales, solicitando se declare de interés municipal la continuidad de una Ley de Financiamiento Educativo;
que, han sido de público conocimiento la lucha de los diferentes gremios docentes en todo el país para lograr en el año 1999 la sanción de una Ley de Financiamiento Educativo (Instalación de la Carpa Blanca a partir del año 1997 y durante 1003 días frente al Congreso Nacional, entre otras cosas)
que, esa lucha no sólo se abocaba a lograr la mencionada ley sino a la búsqueda de la derogación de la Ley Federal de Educación que tantos inconvenientes surgieron de su aplicación en detrimento de la educación pública argentina;
que, finalmente se logra sancionar la Ley Nacional de Educación con el alcance de obligatoriedad en el nivel inicial, secundaria, escuelas de jornadas completas, capacitación en servicio, etc.;
que, para todo ello es necesario recursos y financiamiento que permitan cumplimentar tan noble mandato normativo tendiente a la inclusión e igualdad de la población, sobre todo a los niños en edad escolar;
que, estamos convencidos de que a través de la educación pública y gratuita generamos igualdad de oportunidades para todos los habitantes con capacidad suficiente para discernir, elegir en plena libertad y lograr la propia dignidad;
que, es de suma importancia y urgencia lograr el apoyo de todas las comunidades para continuar con una Ley de Financiamiento Educativo, cuyo vencimiento opera en enero del año 2011, y permitir el logro de los objetivos previstos en Ley Nacional de Educación y leyes provinciales que se adhieran; y
CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 20 de julio del año 2010, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Educación y Desarrollo Humano y Social que aconseja su aprobación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Declárese de Interés Municipal la sanción de una nueva Ley de Financiamiento Educativo para seguir mejorando la escuela pública que garantice una educación de calidad para todos los argentinos.-
ARTICULO 2º: Remítase copia del presente decreto a la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires a los mismos fines y efectos.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinte días del mes de julio del año dos mil diez.-
DECRETO H.C.D. Nº 26/2010.-