VISTO el expediente nº204/96, iniciado por el Departamento Ejecutivo adjuntando declaraciones juradas de vecinos quienes solicitan la eximición del pago del Fondo de Financiamiento para el C.U.R.S.; y
CONSIDERANDO que en la Décima Primera Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 9 de setiembre del año 1996, se aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda por el cual se decide denegar la eximición al Señor Pascal, Carlos por tener más de una propiedad y otorgar la exención al Contribuyente Mirta Graciela Pascal, por encuadrarse dentro de lo que establece la Ordenanza del C.U.R.S.;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Deniégase la exención del pago del Fondo de Finanmiento para el C.U.R.S. al Señor Pascal, Carlos por tener más de una propiedad.-
ARTICULO 2º: Exímase al contribuyente Mirta Graciela Pascal del pago del Fondo de Financiamiento para el C.U.R.S. por encuadrarse dentro de lo que establece la Ordenanza del C.U.R.S.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los nueve días del mes de setiembre del año mil novecientos noventa y seis.-
DECRETO H.C.D. Nº 31/96.-
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