VISTO el expediente nº 149/2011, iniciado por el Concejal Ricardo Lissalde, que eleva nota solicitando licencia por razones políticas hasta el 15 de agosto de 2011, y para el caso de pasar el piso electoral, que la misma se haga extensiva automáticamente hasta el 25 de octubre de 2011; y

CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 19 de julio de 2011, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas que aconseja otorgar licencia hasta el 15 de agosto de 2011 únicamente; en caso de que los requisitos correspondan con posterioridad puede solicitar licencia nuevamente y sancionar el decreto respectivo;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente

D E C R E T O

ARTICULO 1º: Concédese licencia como Concejal al Escribano Ricardo Lissalde, sin goce de sueldo, a partir del 19 de julio al 15 de agosto del corriente año, inclusive.-

ARTICULO 2º: Desígnese, en su reemplazo al Concejal Suplente Alberto Gregorio Almada, con D.N.I. Nº 11.689.195.-

ARTICULO 3º: Gírese copia del presente Decreto al área de Contaduría de la Municipalidad para sus correspondientes movimientos.-

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecinueve días del mes de julio del año dos mil once.-

DECRETO H.C.D. Nº 34/2011.-

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