VISTO lo solicitado por el Departamento Ejecutivo sobre Recaudación y Despacho de Guías en la Delegación Municipal de Polvaredas, y que la misma es una localidad cuya importancia se refleja en el desarrollo de su Delegación y los requerimientos para despachos de Guías y Contribuyentes de la zona que deben trasladarse hasta la ciudad para cumplimentarlos; y

CONSIDERANDO como una manera de responder a esas necesidades, expresadas reiteradamente por el vecindario de la zona;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Autorízase a la Delegación Polvaredas, conforme a lo determinado en el artículo 28, inciso 6 de la Ley Orgánica Municipal, a recaudar derechos, tasas y contribuciones, y expedir guías conforme a las disposiciones sobre la materia.-

ARTICULO 2º: Las liquidaciones respectivas se practicarán conforme a lo dispuesto en los artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

ARTICULO 3º: Previamente al uso de la autorización mencionada en el artículo 1º de la presente Ordenanza, deben cumplimentarse las exigencias del artículo 218 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los treinta días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y tres.-

ORDENANZA Nº1/83.-

Buscar proyecto por concejal