VISTO el expediente nº1/86, correspondiente al expediente 12/86 del Departamento Ejecutivo, relativo a modificación de la Ordenanza 60/85, promulgada nº853; y
CONSIDERANDO que los contribuyentes de buen cumplimiento, cuyo número es apreciable, no han podido abonar al vencimiento sus tasas debiendo soportar recargos y que hay causas reales de imposibilidad de pago, como las inundaciones recientemente soportadas;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Derógase el artículo 3º de la Ordenanza nº60/85 promulgada por el Departamento Ejecutivo bajo el nº 853/85.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los catorce días de enero de mil novecientos ochenta y seis.-
ORDENANZA Nº1/86.-