VISTO el aumento de la Coparticipación Impositiva del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires por las Leyes 9478 y 9347, que motivó el Expediente nº 1889 del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Saladillo; y
CONSIDERANDO que tales ajustes deben adecuar a los “Cálculos de Recursos” para el año 1984, sancionados oportunamente conforme a las primeras directivas al respecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Ampliase el Cálculo de Recursos vigente en los siguientes rubros:
1.2.1.2.1. “Coparticipación Ley 9478 Artículo 2º” $ 7.096.000
1.2.1.3.5. “Coparticipación Ley 9347” $ 10.576.000
TOTAL $ 17.672.000
ARTICULO 2º: Ampliase el Presupuesto de Gastos vigentes, en el siguiente rubro:
FINALIDAD VI – A CLASIFICAR
1.4.1. “Crédito Adicional” $ 17.672.000
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecinueve días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro.-
ORDENANZA Nº 113/84.-