VISTO el expediente nº 1877/84 elevado por el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Saladillo, con referencia a la cesión del uso a titulo precario y gratuito de la confitería del “Parque Soberanía Nacional” a la Casa del Niño “Golondrinas”; y
CONSIDERANDO que la Casa del Niño “Golondrinas” es de meritoria labor en bien de los menores desamparados, y que cediéndole la confitería del Parque Soberanía Nacional en las condiciones precitadas, es contribuir a facilitar su finalidad humanitaria;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Cedese el uso a título precario y gratuito de la confitería del “Parque Soberanía Nacional” a la Casa del Niño “Golondrinas” respetando las condiciones del Convenio de la Municipalidad de Saladillo con Ferrocarriles Argentinos.-
ARTICULO 2º: El plazo y demás exigencias son contempladas en el Convenio que se adjunta y que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecinueve días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro.-
ORDENANZA Nº 114/84.-